Reversión

La Reversión implica el cese de los efectos de una expropiación a través de una operación de signo contrario. Por ello se invierten las obligaciones principales de los que han invertido, de tal manera que el expropiado va a recuperar los bienes y derechos y el beneficiario va a obtener la indemnización.  Debe efectuarse en el plazo de tres meses.

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