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Valor de reemplazamiento o coste de reemplazamiento o reposición, según la definición ECO

Según la Orden ECO/805/2003, el valor de reemplazamiento (VR) o coste de reemplazamiento o de reposición puede ser:

El valor de reemplazamiento bruto o a nuevo (VRB) de un inmueble es la suma de las inversiones que serían necesarias para construir, en la fecha de la valoración, otro inmueble de las mismas características (capacidad, uso, calidad, etc.) pero utilizando tecnología y materiales de construcción actuales.

El valor de reemplazamiento neto o actual (VRN) es el resultado de deducir del VRB la depreciación física y funcional del inmueble en la fecha de la valoración.

 

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